Declaración 2/2019
Abstract
Que dada la Resolución 598/2019 en la cual se establece la promulgación del denominado SERVICIO CÍVICO VOLUNTARIO en el marco del MINISTERIO DE SEGURIDAD Y bajo responsabilidad directa de Gendarmería Nacional: Que los destinatarios de la iniciativa son sujetos de protección de derechos según lo estipula la Ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. La falta de implementación de la ley 26.061 respecto de que quienes deben diseñar y ejecutar políticas públicas destinadas a la promoción, protección y restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, son los organismos, entidades y servicios creados por esta ley. Que el Estado no garantiza el funcionamiento de los dispositivos de atención y contención previstos tanto por la ley nacional 26.061, vaciando de recursos materiales, humanos y económicos el sistema de promoción y protección. Frente a esto, fortalece una impronta represiva y un discurso punitivista que justifican la intervención de las fuerzas de seguridad como única política pública para la niñez. A su vez, la declaración del Ministro de Educación Finocchiario afirmando que "Es para los chicos que hoy no están haciendo nada, que están en la calle y no están estudiando, que han abandonado el secundario" expone la renuncia de las instituciones políticas del Estado a garantizar el derecho a la educación. Por tanto, este H. Consejo Directivo se pronuncia en repudio a la medida e invita al H. Consejo Superior a expedirse al respecto.
Date
2019-07-22xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Declaración
Consejo Directivo
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Facultad de Filosofía y Humanidades
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
2