Ordenanza 1/2011
Abstract
Denominar complementación de funciones a la tarea desarrollada para cumplimentar la actividad anual del cargo y asignatura donde el docente fue designado, ya se trate del dictado de seminarios, cursillos o se realicen funciones de apoyo en otra cátedra o área. Denominar carga anexa a la designación en otra asignatura obligatoria en el plan de estudios y diferente a la de la asignatura donde el docente reviste como profesor regular o interino. Esta denominación se refiere a toda tarea docente realizada en forma extra al cumplimiento de las actividades de docencia anual. Limitar la carga anexa a casos excepcionales y transitorios en que la misma sea solicitada por la autoridad competente en función de las necesidades institucionales.
Date
2011-04-04xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Directivo
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Facultad de Filosofía y Humanidades
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
1