Resolución 357/2014
Abstract
MODIFICAR en la Resolución del H. Consejo Directivo N0 61/2012, Anexo "B": el Art. 9° para que, donde dice: Se establece como escala de calificación para las actividades curriculares y el Trabajo Final integrador una escala numérica de O a 10, Con las siguientes equivalencias: O (cero) a 5 (cinco) Desaprobado; 6 (seis) a 10 (diez): Aprobado, con los siguientes valores nominales: O (cero) a 5 (cinco): Insuficiente, 6 (seis): Suficiente; 7 (siete) a 8 (ocho): Bueno, 9 (nueve): Muy bueno, 10 (diez): Excelente. Debe decir: Se establece como escala de calificación para las actividades curriculares y el Trabajo Final integrador una escala numérica de O a 10, con las siguientes equivalencias: O (cero) a 5 (cinco) Desaprobado; 6 (seis) a 10 (diez): Aprobado, con los siguientes valores nominales: O (cero) a 5 (cinco): Insuficiente, 6 (seis): Suficiente; 7 (siente) a 8 (ocho): Bueno, 9 (nueve): Muy bueno, 10 (diez): Excelente. Se exceptúa de la escala precedente los talleres: Taller de Elaboración de Proyecto de Trabajo Final I, Taller de Elaboración de Proyecto de Trabajo Final II y Taller de Seguimiento de Elaboración de Trabajo Final que deberán ser calificados como A (Aprobado) o D (Desaprobado).
Date
2014-11-03xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Filosofía y Humanidades
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
357