Resolución 405/2015
Abstract
Establece que del total de ingresos recaudados por actividad de postgrado por los Cursos dictados se deberá transferir el 5% al Área Central de Rectorado según lo establece la O.H.C.S. nro. 4/95, deducido este porcentaje sobre el total, del saldo, el 30% corresponderá a la Escuela de Posgrado para gastos propios, el 20% será para gastos inherentes de la Facultad de Odontología y el 50% restante será para honorarios profesionales de los docentes intervinientes en el dictado de los cursos correspondientes.
Date
2015-08-18Fecha Publicación
2022-06-13xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Decanato
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Facultad de Odontología
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
405
