Resolución 305/2010
Abstract
Aprobar la Resolución Vice Decanal Ad Referéndum del este Cuerpo N° 530/10 por la cual se prorroga con carácter de interino la designación del Ing. Agr. Mgter. Daniel Esteban DI GIUSTO (Leg. 10.820) en el cargo de Profesor Titular con dedicación exclusiva, en el Departamento de Ingeniería y Mecanización Rural, para cumplir funciones en la Cátedra de Hidrología Agrícola, a partir del 1° de Julio de 2010 y hasta el 30 de Junio de 2012 , ó hasta su llamado a concurso. Reconocer en igual carácter los servicios prestados por el Ing. Agr. Mgter. Daniel Esteban DI GIUSTO (Leg. 10.820) en el cargo de Profesor Titular con dedicación exclusiva, en el Departamento de Ingeniería y Mecanización Rural, para cumplir funciones en la Cátedra de Hidrología Agrícola, a partir del 1° de Julio de 2009 y hasta el 30 de Junio de 2010. Conceder licencia sin goce de habares al Ing. Agr. Mgter. Daniel Esteban DI GIUSTO (Leg. 10.820) en el cargo de Profesor Titular con dedicación exclusiva, en el Departamento de Ingeniería y Mecanización Rural, para cumplir funciones en la Cátedra de Hidrología Agrícola, a partir del 1° de Julio de 2010 y hasta el 30 de Junio de 2012 , ó mientras duren sus funciones de Decano de esta Unidad Académica, en el marco de lo establecido en el Art. 13°, Ap. II, Inc. a) del Decreto 3413/79 y sus modificatorios. Autorizar al Ing. Agr. Mgter. Daniel Esteban DI GIUSTO (Leg. 10.820) a desarrollar actividades docentes en el Departamento de Ingeniería y Mecanización Rural, con funciones en la Cátedra de Hidrología Agrícola, como carga anexa a sus funciones de autoridad superior de esta Unidad Académica. La designación dispuesta en el Artículo precedente caducará de pleno derecho si el cargo es cubierto por concurso o declarado desierto antes de la fecha mencionada. Disponer que el Ing. Agr. Mgter. Daniel Esteban DI GIUSTO (Leg. 10.820) deberá concurrir a la Caja Complementaria de Jubilados y Pensionados de la Universidad Nacional de Córdoba, con copia de la presente Resolución en el término de diez (10) días a sus efectos, (Art. 56° modificado por Ord. HCS 8/90)
Date
2010-07-30xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Ciencias Agropecuarias
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
305