Ordenanza 189/2011
Abstract
ARTICULO 1°.-Modificar el articulo 14° del Anexo I de la Ordenanza nº152/07, el que quedara redactado como sigue: "Art. 14°- De 105 recursos a.1) Los Institutos, Centros y Talleres deberan llevar el inventario de los bienes patrimoniales que posean - instrumental, equipamiento, bibliografia especificando ario de ingreso, modo de adquisici6n -compra 0 donacion- y estado de mantenimiento. La actualizacion de inventario se realizara una vez al año y sera elevado a la Secretaria de Investigacion a traves de las Memorias Anuales que forman parte del presente como Anexo II. a.2) Los Institutos, Centros y Talleres podran retener los ingresos producidos por prestaciones a terceros, -Iuego de haber ingresado a la Facultad y haberse deducido, los que corresponden a la Facultad y al Rectorado, -segun el Punto III Transferencia al medio y servicios tecnologico de la Memoria Anual".-
Date
2011-06-14xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
189