Declaración 26/2016
Abstract
Reconoce que, a nivel regional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) consideró que la orientación sexual y la edentidad de género de las personas son categorías protegidas por la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (CADH). De este modo a partir del caso "Atala Riffo y Niñas Vs. Chile" (2012), se ha dejado establecido que se encuentra prohibida cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona.
Date
2016-11-01xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Declaración
Consejo Superior
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Consejo Superior
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26