Ordenanza 1/1986
Abstract
Amplíese el artículo 4º del Capítulo I "De los Consiliarios " del Reglamento Interno del H. Consejo Superior aprobado por la Ordenanza nº 1/84, el que queda redactado como sigue: . "Art. 4º.- Las funciones que deben ejercer los Consilia rios son obligatorias y solo excusables por causa grave a juicio del Consejo. En caso de enfermedad o impedimento transitorio, lo pondrán en conocimiento del Cuerpo . En tal caso y mediante previo aviso , el Consiliario suplente podrá reem plazar al titular en cada sesión. "
Date
1986-04-28xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
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Consejo Superior
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