Ordenanza 8/2004
Abstract
Los estudiantes que hayan satisfecho las condiciones académicas y reglamentarias para que les sea conferido el respectivo diploma de grado o de posgrado, deberán prestar el juramento pertinente en forma personal en el Acto de Colación de Grados correspondiente, conforme lo establece la Ordenanza del H. Consejo Superior del 18 de octubre de 1899.
Date
2004-11-02xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Consejo Superior
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
8