Ordenanza 5/2007
Abstract
Cada Unidad Académica luego de cerrado el respectivo padrón electoral deberá enviar copia del mismo suscripta por los integrantes de cada Junta Electoral, en soporte papel y magnético, debidamente asegurado (solo lectura e impresion) a la Junta Electoral de la Universidad, si la elección incluyese consiliarios y en todos los casos a la Junta de Apelaciones de la Universidad, en el curso del día hábil siguiente a la fecha de cierre del padrón.
Date
2007-09-18Fecha Publicación
2022-07-14xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
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Consejo Superior
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5