Ordenanza 6/2009
Abstract
Se denominan extensiones áulicas a las actividades educativas brindadas en forma temporaria en localizaciones fuera de la sede central de la UNC en la que tiene su asiento el Rectorado y las diferentes unidades académicas, institutos y otros organismos de la Universidad, donde se desarrollan las principales actividades académicas, de investigación y de extensión, en la Ciudad de Córdoba y otras localidades en las que las UNC cuenta con infraestructura propia. En la extensión áulica los estudiantes cumplen sus obligaciones administrativas y académicas en forma independiente de las que se realizan en la sede central, incorporándose el registro de todas sus actuaciones con las formalidades correspondientes, en los sistemas de información de cada unidad académica.
Date
2009-11-17xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
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Consejo Superior
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6