Ordenanza 4/2010
Abstract
Quedan comprendidos en los términos de la presente normativa los docentes de la UNC con cargos concursados o interinos que pretenden movilizarse a través de los programas, convenios bilaterales o multilaterales ofrecidos y/o gestionados por la PRI. Dichas movilidades internacionales se relacionarán con las funciones universitarias de enseñanza, investigación, extensión y de gestión universitaria promoviendo actividades de posgrado, asistencia técnico-científica, apoyo a la formación de docentes o vinculadas con las funciones de gestión y política universitarias, así como completar o complementar su formación académica. A los fines de la postulación la PRI establece dos categorías posibles: a) movilidad predoctoral; y b) movilidad posdoctoral.
Date
2010-04-20Fecha Publicación
2022-07-14xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
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Consejo Superior
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4