Ordenanza 15/2010
Abstract
Modificar el artículo 1° de la Ordenanza HCS N° 5/00, el que quedará redactado de la siguiente forma: "La dedicación exclusiva importa un mínimo de 40 (cuarenta) horas semanales y es incompatible con cualquier otro cargo en relación de dependencia privada o pública y con el ejercicio profesional permanente".
Date
2010-09-07xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
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Consejo Superior
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
15