Ordenanza 4/2011
Abstract
Los estudiantes regulares de la UNC que cursen parte de sus estudios en una universidad extranjera dentro del marco de los diferentes programas de movilidad gestionados por la Prosecretaría de Relaciones Internacionales (PRI) o mediante convenios de intercambio estudiantil bilaterales o multilaterales se regirán según la presente ordenanza. La presente reglamentación no será de aplicación para los convenios de doble titulación.
Date
2011-05-17Fecha Publicación
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Ordenanza
Consejo Superior
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Consejo Superior
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4