Declaración 6/2016
Abstract
Expresar repudio y preocupación por la Resolución N° 000001-SSMyA de la Secretaría de Salud Mental y Adicciones de! Ministerio de Salud, a cargo del Lic. José Manzur, en la que se dispone la ¡mplementación de la Terapia Electroconvulsiva (TEC), en la Provincia de Jujuy. Esta medida significa un retroceso respecto al marco legal vigente en materia de salud mental, según el paradigma de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26657 y resulta contradictoria con la Resolución N° 17/14, del Órgano de Revisión Nacional, que emitió un dictamen recomendando la prohibición del uso de electroshock. La Ley Nacional N° 26657 constituye un paso de suma importancia en el objetivo de lograr para nuestro país una política de estado en salud mental, con un eje estructural en la necesaria sustitución del hospital psiquiátrico, eliminando también prácticas invasivas, cruentas, anacrónicas, cuestionadas y hasta consideradas una forma de tortura, como el electroshock, que vulneran los derechos de los usuarios del sistema de salud mental. Que es necesario exigir la aplicación integral de la Ley Nacional de Salud Mental para eliminar las todavía existentes prácticas discriminatorias y manicomiales, la excesiva judicialización de las problemáticas del campo, la psiquiatrización de la pobreza, la ausencia de dispositivos no manicomiales en la totalidad del territorio provincial, la insuficiencia de recursos, que terminan generando vulneración de derechos a pesar de los nuevos marcos normativos. La Facultad de Psicología, como formadora de futuros profesionales de la salud mental, mantiene su compromiso de seguir bregando por la implementación total de estas leyes y repudia toda medida que signifique un retroceso en la defensa de los derechos humanos que este marco legal ampara.
Date
2016-06-27xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Declaración
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Psicología
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
6