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    Declaración 19/2017

    Abstract
    Su más profunda preocupación y enérgico repudio ante la posibilidad de modificación, por vía de un Decreto Reglamentario del Poder Ejecutivo Nacional, de la Ley Nacional de Saiud Mental N° 26.657, porque dicho Decreto atentaría contra su política, ya que modifica la concepción de la salud mental considerada como un "proceso multideterminado por componentes históricos, socio económicos, culturales, biológicos y psicológicos", y en su lugar reinstala el modelo médico hegemónico de perspectiva biologicista que resultó insuficiente para un tratamiento integral de los padecimientos mentales". Reinstala la lógica de la manicomialización y limita el enfoque interdisciplinario, ya que excluye los aportes de otras disciplinas imprescindibles como la psicología, la terapia ocupacional, la enfermería, entre otras. Expresamos nuestro acuerdo con la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y su actual Dto. Reglamentario N° 603/13, y exigimos la plena vigencia de estas normativas. Es denostable además que en el Art. 13 del proyecto de Decreto se alude al Arí. 40 de la Ley N° 17.132 Reglas para el ejercicio de la medicina, odontología y actividad de colaboración de las mismas, promulgada durante la dictadura militar de Onganía, en la que se establece como criterio que la Dirección de los establecimientos asistenciales deberán estar a cargo de médico u odontólogo, con un claro retroceso para la profesión de la Psicología. El proyecto lesiona y desnaturaliza el derecho a una defensa técnica de las personas usuarias, ya que establece que los abogados defensores deben ponderar la opinión del equipo tratante, circunstancia que desoye la voz y los intereses de la persona usuaria. Además, establece que el juez designará al defensor oficial, impidiendo la actuación de oficio de acuerdo a la ley del Ministerio Público de la Defensa e incorpora requisitos de formación para el ejercicio del rol del abogado defensor, que no están contemplados en la Ley. El proyecto representa un retroceso gravísimo en lo concerniente al respeto de los derechos humanos de las personas con padecimiento mental, porque busca reinstalar el manicomio bajo la denominación de "hospitales especializados en psiquiatría y salud mental" y además admite el aislamiento pleno de personas a quienes vuelve a considerar "enfermos", retrotrayéndose hacia un modelo tutelar de sustitución de la voluntad. Por todo lo expresado, la Facultad de Psicología se opone terminantemente a la puesta en vigencia de esta nueva reglamentación y se pone a disposición para acompañar medidas contra dicha posible reforma.
    Date
    2017-11-13
    Fecha Publicación
    2022-07-27
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    Declaración
    Consejo Directivo
    xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
    Facultad de Psicología
    xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
    19
    View/Open
    DHCD_19_2017.pdf (65.13Kb)
    URI
    https://digesto.unc.edu.ar/handle/123456789/372324
    Collections
    • FP - DHCD - Declaración Consejo Directivo

     

     

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