Resolución 2265/2019
Abstract
Disponer que los y las trabajadores/as Nodocentes de la Facultad de Psicología hagan uso de su licencia anual reglamentaria dentro del período que va desde el 15 de diciembre de 2019 hasta el 28 de febrero de 2020 inclusive. A tal fin, se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 85 del CCT 366/06 con la aclaración que la palabra “cónyuge” debe entenderse en el sentido amplio como “cónyuge; conviviente o ligado/a por unión civil”. Disponer que aquel/aquella agente Nodocente que en orden a su antigüedad cuente con un beneficio mayor a quince (15) días, podrá usufructuar la licencia en un primer periodo no inferior a 15 días y el resto hasta el mes de noviembre de 2020, en un todo de acuerdo a las necesidades de servicio que determinen los/las titulares de cada área, departamento, oficina y/o secretaría. Indicar al Dpto. de Personal que, a través de sus respectivos jefes/as, comunique a cada trabajador/a Nodocente los días de licencia anual ordinaria que le corresponde, a fin de que coordine con el/la titular de cada área, departamento, oficina y/o secretaría según corresponda -dentro del espíritu de la presente- cómo usufructuará su descanso anual
Date
2019-12-13xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Decanato
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Facultad de Psicología
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2265