Resolución 292/2004
Abstract
Rectificar el artículo 15° de la Res. HCD 267/02 del Reglamento de Trabajo Final el que deberá decir: "El estudiante podrá cambiar de asesor y en el caso de haber optado por ea-asesores, podrá cambiar uno o ambos ea-asesores con la debida fundamentación ante el HCO de la Facultad. En estos casos, se deberá presentar además la carta de aceptación del nuevo asesor o ea-asesores. Previo a su elevación al HCO, la Secretaría Académica deberá notificar esta situación al asesor o ea-asesor anterior, que contará con un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de su notificación fehaciente para efectuar cualquier observación que considere pertinente. Los asesores y ea-asesores que cesen en sus funciones deberán ser notificados de la resolución definitiva del HCD. El asesor o ea-asesores podrán renunciar a sus funciones presentando fundamentación escrita ante el HCO de la Facultad debiendo ser notificados los autores del Anteproyecto de Trabajo Final con los mismos plazos y condiciones previstas en la situación anterior. El cambio o renuncia del asesor o ea-asesores no implica necesariamente el cambio de tema. En caso de que se opte por el cambio de tema, el estudiante deberá inscribir nuevamente su Trabajo Final, dando de baja el Anteproyecto de Trabajo Final anterior, corriendo nuevamente todos los plazos previstos reglamentaria mente".
Date
2004-11-26xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Psicología
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
292