RHCD-2021-67-E-UNC-DEC#FP
Abstract
Apartarse parcialmente de la Conclusión Sumarial N° 3321 del sumario en cuestión con fundamento en todo lo expuesto en los “Considerandos”, y: 1) Atribuir responsabilidad administrativa por el hecho investigado a Julieta Verónica Zapata, DNI 38.407.451, estudiante de esta Facultad. 2) Aplicar la sanción disciplinaria de seis (6) meses de suspensión de su actuación académica, a partir de la fecha de la presente Resolución, por encontrarla incursa en la infracción prevista en el Art. 13 inc. 3) de la Ord. HCS 09/12 Reglamento de Investigaciones Administrativas (T.O. RR 1554/2018). Protocolizar, notificar a la nombrada en el domicilio procesal electrónico denunciado a las direcciones de los siguientes correos electrónicos julieta.zapata@mi.unc.edu.ar; julietazapata26@gmail.com, pase al Área de Enseñanza de la Facultad de Psicología a fin de que se deje constancia en el legajo personal de la estudiante Julieta Verónica Zapata de lo dispuesto en la presente Resolución, comunicar para su conocimiento a la Dirección General de Sumarios, y archivar.
Date
2021-06-07xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Psicología
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