RD-2021-1416-E-UNC-DEC#FP
Abstract
Disponer que los agentes no docentes, podrán gozar -en forma excepcional y por última vez sin que ello signifique precedente alguno- de las licencias anuales ordinarias adeudadas del periodo 2020, que por razones de servicio y autorizadas, no fueron usufructuadas. Dichas licencias deberán hacerse efectivas como plazo máximo el 30 de noviembre de 2022, caso contrario caducarán. Indicar al Dpto. de Personal que, a través de sus respectivos jefes/as, comunique a cada trabajador/a Nodocente los días de licencia anual ordinaria que le corresponde, a fin de que coordine con el/la titular de cada área, departamento, oficina y/o secretaría según corresponda -dentro del espíritu de la presente- cómo usufructuará su descanso anual.
Date
2021-11-30xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Decanato
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Facultad de Psicología
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
1416