Ordenanza 183/2010
Abstract
ARTicULO 1°.-Modificar el inciso f) del Punto III, Anexo I de la Ordenanza N° 141/07 de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño. Quedando el mismo redactado de la siguiente forma: " f) Del Cursado Obligatoriedad: Los alumnos de la carrera de Arquitectura deberan cursar obligatoriamente tres (3) materias electivas y aquellos de la carrera de Disefio Industrial deberan cursar obligatoriamente dos (2) materias electivas. Todas las materias electivas tendran tres (3) creditos, debiendo cursarse como minima nueve (9) creditos de la carrera de Arquitectura y seis (6) de la de Diseño Industrial. EI alumno que decida cursar mas de tres (3) materias electivas, podra hacerlo siempre y cuando no supere el cursado establecido de materias semestrales.Las otras materias electivas seran reconocidas segun los terminos fijados en la Resolucion N° 69/04 del H.Consejo Directivo" Las materias electivas de las carreras de Arquitectura y Diseño Industrial alas que refiere el primer parrafo del presente inciso seran elegidas por el estudiante indistintamente de la orientacion disciplinaria".-
Date
2010-09-28xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
183