Ordenanza 202/2015
Abstract
ARTÍCULO 1°.-Modificar el Artículo 10° de la Ordenanza N° 148/07, el que quedará redactado como sigue: "ARTÍCULO 10°.- El alumno de Arquitectura VI o de Diseño Industrial IV podrá desarrollar su trabajo en la asignatura únicamente en condición de Alumno Regular. El plazo para cursar, desarrollar el tema y rendir Arquitectura VI o Diseño Industrial IV será, como mínimo de tres (3) meses desde la fecha de su inscripción en la asignatura y, como máximo, de dieciocho (18) meses. Excepcionalmente y por razones fundadas, si la magnitud o complejidad del tema abordado por el alumno así lo exigiera, el Profesor Titular o Profesor Adjunto encargado de la asignatura, podrá solicitar por nota a Secretaría Académica y por su intermedio al Decano, autorización para extender el plazo máximo estipulado hasta seis (6) meses más.-"
Date
2015-04-07xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
202