RHCD 355/2021
Abstract
Aprobar la Resolución Decanal RD-2021-897-E-UNC-DEC#FD, dictada ad referéndum de este Cuerpo y, en consecuencia disponer: 1) Conceder, durante el corriente ciclo lectivo, por vía de excepción, al alumno PABLO SEBASTIAN FERREYRA, DNI 25.344.12, prórroga para la presentación del certificado analítico de finalización de los estudios secundarios de nivel medio, por un plazo de noventa días de notificada la presente y convalidar la actuación académica cumplida por el estudiante hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del plazo referido precedentemente, el estudiante deberá presentar ante el Departamento Despachos de Alumnos de esta Unidad Académica el certificado analítico original, legalizado por la UNC, copia del mismo y Libreta de Estudiantes respetiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema Guaraní, no pudiendo realizar ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación obtenida hasta esa fecha. Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la solicitud y documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso de documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de requisitos reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por la Ord. HCS n.° 9/2012.
Date
2021-10-05xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Derecho
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
355