RHCD-2023-390-UNC-DEC#FCS
Abstract
Título I - Objetivos del Programa
ARTICULO 1º : Aprobar el Programa de Mejora de Dedicaciones para Cargos Docentes en Docencia, Investigación y
Extensión, de acuerdo a los siguientes artículos.
ARTICULO 2º : Promover la mejora de la condición laboral de la planta docente de las carreras de Licenciatura en
Sociología y en Ciencia Política mediante la asignación de mayores dedicaciones en los cargos docentes, en concordancia
con los estatutos, perfiles docentes, régimen de incompatibilidades e impacto presupuestario.
ARTICULO 3º : Establecer criterios para asignar mayores dedicaciones a dicha planta docente de la FCS, fortaleciendo la
docencia de grado, la investigación y la extensión.
ARTICULO 4º : Los objetivos del Programa están alineados con el espíritu de la OHCS Nº 6/2008, que establece para
los cargos de mayor dedicación, la necesidad de realizar actividades de investigación o extensión, en el marco de la carrera
docente. Se excluyen del Programa de Mejora de Dedicaciones a los/as docentes con cargo simple que se desempeñen en
la carrera de investigador/a científico del CONICET.
Título II Criterios INSTITUCIONALES DE FORTALECIMIENTO DE LA PLANTA DE LAS CARRERAS
ARTICULO 5º : Se priorizará atender las situaciones críticas de la planta docente en el contexto de las características
singulares de la creación de la FCS, dentro de una estrategia de desarrollo articulado entre las funciones de docencia de
grado, investigación y extensión.
ARTICULO 6º : El Programa de Aumento de Dedicación Docente estará inicialmente destinado a la transformación de las
dedicaciones de los cargos de docentes con DS a DSE. Para acceder al programa de mejora, los docentes deberán ser
concursados o interinos de la FCS de la UNC, estar dictando clases en asignaturas, talleres y seminarios estructurados de
la malla curricular de las Licenciaturas en Sociología y Ciencia Política, y participar en proyectos de investigación o
extensión asentados en la FCS (excluyendo las asignaturas del curso introductorio y los seminarios optativos y cursos
libres).
Primera Etapa del Programa:
ARTICULO 7º :
- Docentes con cargos concursados o interinos, con DS, de las asignaturas, talleres y seminarios curriculares de los planes
de estudio vigentes de los primeros y segundos años de las Licenciaturas en Sociología y Ciencia Política, ( con proyectos
de investigación/extensión asentados en la FCS.).
- Docentes con cargos concursados o interinos con dedicación simple (originarios del CEA e IIFAP) que realizan carga
adicional contemplada en el artículo 16 del respectivo reglamento de cada institución, en las asignaturas, talleres y
seminarios curriculares de los planes de estudio vigentes de las Licenciaturas en Sociología y Ciencia Política, (con
proyectos de investigación/extensión asentados en la FCS)
- Docentes con cargos concursados o interinos con dedicación simple (independientemente del origen del cargo dentro de
la FCS) que realizan carga adicional en las asignaturas, talleres y seminarios curriculares de grado de las Licenciaturas en
Sociología y Ciencia Política (y con proyectos de investigación/extensión asentados en la FCS)
ARTICULO 8º : Cumpliendo con estos criterios institucionales, se priorizará la asignación de DS a DSE según los
siguientes criterios:
1. Docentes concursadxs por sobre interinxs.
2. Docentes de asignaturas de 1° año, luego 2° año, y así sucesivamente de 3°, 4° y 5 º año, en función del
criterio de masificada o relación docente/alumnx.
3. Cátedras con equipos más desprovistos antes que aquellas con equipos más consolidados ( adjuntos antes
que asistentes y asistentes antes que auxiliares; cátedras cuyo equipo esté conformado por menos cantidad de
docentes, con dificultades para conformar equipos docentes año tras año; y otras dificultades diagnosticadas por
las Direcciones de Carreras y Secretaría Académica.
4. Antigüedad de desempeño en el cargo y asignatura.
5. Directorxs/ codirectores de proyectos de investigación o extensión, antes que miembros de equipos de
investigación y extensión.
Segunda Etapa del Programa:
ARTICULO 9º : Programa de unificación de cargos
Título III Fuente de Financiamiento:
ARTICULO 10º : El presupuesto estimado para asignar las mayores dedicaciones se conformará con el financiamiento
disponible y otras fuentes de financiamiento especiales o generales.
ARTICULO 11º : Todo esto respetando el criterio político-institucional establecido al momento de la creación de la FCS,
relativo a que los cambios en la planta docente se realizarán respetando la planta origen, es decir, Escuela de Trabajo
Social, Centro de Estudios Avanzados e Instituto de Investigación y Formación en Administración Pública, respectivamente.
Date
2023-09-20xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
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390
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EX-2023-00668235- -UNC-ME#FCS