RHCD-2024-4-UNC-DEC#FD
Abstract
Artículo 1: Aprobar la Resolución Decanal RD-2023-1583-E-UNC-DEC#FD, dictada ad
referéndum de este Cuerpo, la que forma parte de la presente como archivo embebido, y, en
consecuencia, disponer: 1) Conceder, por vía de excepción, al alumno FELIPE MURGA, DNI
Nº 45.486.642, la prórroga solicitada para la presentación del certificado analítico de finalización
de los estudios secundarios de nivel medio, por un plazo de noventa (90) días de notificada la
presente al Departamento Despacho de Alumnos y convalidar la actuación académica cumplida
hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del plazo referido el estudiante deberá presentar ante el
Departamento Despacho de Alumnos de esta Unidad Académica el certificado analítico original,
legalizado por la UNC, copia del mismo y Libreta de Estudiante respectiva, bajo apercibimiento
de bloquear el sistema Guaraní, no pudiendo realizar ningún trámite a través del mismo, e
inhabilitar la actuación obtenida hasta esa fecha. Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o
manifestaciones en la solicitud y documentación digital acompañada, como así también de
falsificación y/o uso de documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el
cumplimiento de requisitos reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido
por Ordenanza del H. Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba N°9/2012.
Date
2024-03-14xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
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Facultad de Derecho
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4
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RHCD-2024-4-UNC-DEC#FD
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EX-2023- 01085227- -UNC-ME#FD