RHCD-2024-724-UNC-DEC#FD
Abstract
Artículo 1: Aprobar la Resolución Decanal RD-2024-1063-E-UNC-DEC#FD, dictada ad
referéndum de este Cuerpo, la que forma parte de la presente como archivo embebido, y, en
consecuencia, disponer: 1) Conceder, por vía de excepción, al alumno MARCO DAMIAN
ADOLFO ESTOPIÑAN, DNI Nº 46.323.760, la prórroga solicitada para la presentación del
certificado analítico de finalización de los estudios secundarios de nivel medio hasta el 31 de
diciembre del año 2024, la cual deberá ser notificada al Departamento Despacho de Alumnos, y
convalidar provisoriamente la actuación académica cumplida hasta la fecha. 2) Disponer que
dentro del plazo referido el estudiante deberá presentar ante el Departamento Despacho de
Alumnos de esta Unidad Académica el certificado analítico original, legalizado por la UNC,
copia del mismo y Libreta de Estudiante respectiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema
Guaraní, no pudiendo realizar ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación
obtenida hasta esa fecha. Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la
solicitud y documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso de
documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de requisitos
reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por Ordenanza del H.
Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba N°9/2012.
Date
2024-09-23xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Derecho
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
724
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RHCD-2024-724-UNC-DEC#FD
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numexp
EX-2024-00592498- -UNC-ME#FD