RHCD-2024-792-UNC-DEC#FD
Abstract
Artículo 1: Aprobar la Resolución Decanal RD-2024-1258-E-UNC-DEC#FD, dictada ad
referéndum de este Cuerpo, la que forma parte de la presente como archivo embebido, y, en
consecuencia, disponer: 1) Conceder, por vía de excepción, al alumno DANIEL ALEJANDRO
MANSILLA, DNI Nº 24.172.569, la prórroga solicitada para la presentación del certificado
analítico de finalización de los estudios secundarios de nivel medio, hasta el 31 de diciembre del
año 2024, la cual deberá ser notificada al Departamento Despacho de Alumnos y convalidar
provisoriamente la actuación académica cumplida hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del
plazo referido el estudiante deberá presentar ante el Departamento Despacho de Alumnos de esta
Unidad Académica el certificado analítico original, legalizado por la UNC, copia del mismo y
Libreta de Estudiante respectiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema Guaraní, no
pudiendo realizar ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación obtenida hasta esa
fecha. Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la solicitud y
documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso de documentos
y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de requisitos reglamentarios,
será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por Ordenanza del H. Consejo Superior de
la Universidad Nacional de Córdoba N°9/2012.
Date
2024-10-24xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Derecho
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
792
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numesp
RHCD-2024-792-UNC-DEC#FD
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numexp
EX-2024-00574247- -UNC-ME#FD