RHCD-2025-12-UNC-DEC#FD
Abstract
Artículo 1: Aprobar la Resolución Decanal RD-2024-1691-E-UNC-DEC#FD, dictada ad
referéndum de este Cuerpo, la que forma parte de la presente como archivo embebido, y, en
consecuencia, disponer: 1) Conceder, por vía de excepción, a los alumnos MARIA CATALINA
IBAÑEZ URZAGASTE, DNI N° 46.323.741, SANTIAGO MORENO TORRES,
PASAW249619, LUDMILA HERRMANN, DNI N° 46.227.484, SANTIAGO GONZALEZ,
DNI N° 46.887.882, AUGUSTO MAXIMILIANO GOMEZ JUNCOS, DNI N° 33.750.200, la
prórroga solicitada para la presentación del certificado analítico de finalización de los estudios
secundarios de nivel medio, hasta el 31 de mayo del año 2025, la cual deberá ser notificada al
Departamento Despacho de Alumnos y convalidar provisoriamente la actuación académica
cumplida hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del plazo referido los estudiantes deberán
presentar ante el Departamento Despacho de Alumnos de esta Unidad Académica el certificado
analítico original, legalizado por la UNC, copia del mismo y Libreta de Estudiante respectiva,
bajo apercibimiento de bloquear el sistema Guaraní, no pudiendo realizar ningún trámite a través
del mismo, e inhabilitar la actuación obtenida hasta esa fecha. Asimismo, en caso de falsa
inserción de datos o manifestaciones en la solicitud y documentación digital acompañada, como
así también de falsificación y/o uso de documentos y/o soportes digitales falsificados para
acreditar el cumplimiento de requisitos reglamentarios, será de aplicación el régimen
disciplinario estatuido por la Ord. HCS n.° 9/2012.
Date
2025-03-07Fecha Publicación
2025-03-24xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Derecho
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12
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numesp
RHCD-2025-12-UNC-DEC#FD
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EX-2024-00978461- -UNC-ME#FD