RHCD-2025-75-UNC-DEC#FFYH
Abstract
RECTIFICAR la RHCD 177/01 que aprueba el plan de estudios de la carrera de
Licenciatura en Geografía, en el siguiente punto:
Donde dice:
“C.- Diseño del Plan - Organización de la carrera: el plan flexible propuesto se compone de
materias obligatorias y optativas. Las primeras se desarrollarían a lo largo de toda la carrera y las
segundas podrían ser elegidas desde segundo año. De este modo, habiendo cumplimentado en
primer año el trayecto introductorio, el alumno a partir de segundo año, y con las materias cursadas
y el 70% aprobadas, tendría la posibilidad de configurar su carrera optando por diferentes materias
que le permitirían cumplimentar el año del trayecto de orientación y los dos años del trayecto de
tesis”.
Debe decir:
“C.- Diseño del Plan – Organización de la carrera: el plan flexible propuesto se compone de
materias obligatorias y optativas. Se establece el siguiente régimen de correlatividades: para
rendir los espacios curriculares del trayecto de orientación, del trayecto de tesis y espacios
optativos, las/los estudiantes deberán tener aprobado el Curso de Nivelación y el 70% del
trayecto introductorio (4 materias)”.
RECTIFICAR la OHCD 2021-3-E-UNC-DEC#FFYH que aprueba el plan de
estudios de la carrera de Profesorado Universitario en Geografía, en el punto “Características
Generales del Plan”:
Donde dice:
“Estos campos de formación, más el Curso de Nivelación (8)”
(8) El Curso de Nivelación de la Facultad de Filosofía es el primer espacio curricular de cada plan
de estudios. Debe ser regularizado o aprobado para poder matricularse en materias de primer año”.
Debe decir:
“Estos campos de formación, más el Curso de Nivelación (8)”
(8) El Curso de Nivelación es un espacio curricular y propedéutico, no eliminatorio, para
las/los ingresantes de la carrera.
Y en Régimen de correlatividades:
Donde dice:
“No se adopta un Régimen de correlatividades en cuando a las materias incluidas en los campos
de Formación Pedagógica y Formación General. En el campo de la práctica docente y residencia
del cuarto año, el/la alumna deberá tener aprobados los espacios curriculares correspondientes al
campo de la práctica docente de los dos primeros años y regularizado el de tercer año. Así como
para aprobar los espacios de práctica docente y residencia del cuarto año, deberá tener aprobados
los espacios curriculares correspondientes al campo de la práctica docente de los tres años
precedentes”;
Debe decir:
“No se adopta un Régimen de correlatividades en cuando a las materias incluidas en los
campos de Formación Pedagógica y Formación General. En el campo de la práctica docente
y residencia del cuarto año, el/la alumna deberá tener aprobados los espacios curriculares
correspondientes al campo de la práctica docente de los dos primeros años y regularizado el
de tercer año y aprobado el Curso de Nivelación. Así como para aprobar los espacios de
práctica docente y residencia del cuarto año, deberá tener aprobados los espacios
curriculares correspondientes al campo de la práctica docente de los tres años
precedentes”.
Date
2025-04-04Fecha Publicación
2025-04-07xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Filosofía y Humanidades
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75
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RHCD-2025-75-UNC-DEC#FFYH
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EX-2025-00063702- -UNC-ME#FFYH
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