OHCS 5/1989
Abstract
En casos excepcionales, a solicitud del docente designado por concurso, cualquiera que sea el régimen por él cual accedió a
dicho cargo, y por motivos de interés académico debídamente fundados y aceptados por Resolución del H.Consejo Directivo de la respectiva Facultad, con el voto de los dos tercios de la totalidad de sus miembros, podrá modificarse la dedicación asignada en principio al respectivo cargo. Cuando se trate de Profesores Titulares y Asociados, cuya designación por concurso es prerrogativa exclusiva del H.Consejo Superior, se requerirá, para dicha modificación de la dedicación, que también sea aprobado por ese Organismo por el voto de los dos tercios de sus miembros.
Date
1989-07-04Fecha Publicación
2025-08-18xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Superior
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
5
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numesp
5/1989