RESOL-2025-50-UNC-SGI#AGI
Abstract
Interpretar lo previsto en el artículo 19 del Anexo I del Reglamento de Régimen de Contrataciones de la UNC, cuando refiere a la obligación de intervención de la Dirección General de Contrataciones de la Secretaría de Gestión Institucional (o la dependencia
que haga sus veces) y de la Dirección de Asuntos Jurídicos o Área Legal pertinente, que procede:
previa a la adjudicación, en aquellos procedimientos de contratación directa encuadrados en los apartados 4, 5 (cuando el objeto no sea material bibliográfico), 6, 7, 8 y 9 del citado artículo.
posterior a la adjudicación, en los supuestos previstos en los apartados 3 (razones de urgencia), 5 (adquisición de material bibliográfico) y 9 (razones de emergencia).
Date
2025-08-27Fecha Publicación
2025-08-28xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Secretaría
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Secretaría de Gestión Institucional
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50
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RESOL-2025-50-UNC-SGI#AGI