Resolución 372/2014
Abstract
Art. 2°: Los nuevos valores establecidos en el Anexo tendrán vigencia en todos los casos a partir del año lectivo 2014 y serán de aplicación para todos los alumnos que estén cursando o nuevos que se incorporen a actividades de posgrado, carreras de doctorado, maestrías, cursos de especialización y actualización, congresos, jornadas, cursos complementarios, centro de idiomas y en general para todas las actividades incluidas en las RD N° 1227/00 Y 1358/10.
Date
2014-02-20xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Decanato
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Facultad de Ciencias Médicas
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
372