Resolución 3879/2008
Abstract
Reconocer con carácter de excepción, en los términos previstos por el 2° párrafo del artículo 2° de la Ordenanza 5/95 y previa certificación por parte de la dependencia de origen, los servicios que en su caso hubiera prestado la Traductora Eliana Celeste LUPIDI (DNI 28.041.752), durante el período comprendido entre el 25 de agosto y el 30 de noviembre de 2008, y en consecuencia disponer el pago en concepto de legítimo abono de la suma que resulte de la cantidad de horas certificadas por el Instituto Italiano de Cultura a razón de $ 13,00 (Pesos trece) la hora, importe que será atendido con Recursos Propios de la Secretaría de Ciencia y Tecnología, imputándose el egreso en la partida: Fuente 12 ~ Dependencia 51 -Progr. 06 -Sub. Progr. 00 -Proy. 00 -Activ. 01 -Inciso 3 -Parto Princ. 4 -Parto Parcial 9. Afect. 2008.
Date
2008-12-19xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Rectorado
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REC - RR - Resolución Rectoral
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3879