Resolución 422/2008
Abstract
Para el personal docente y no docente, el monto del viático resultante, será del 10% de la remuneración y adicionales que correspondan al cargo, con exclusión de los que obedezcan a características individuales del agente o circunstancias del cargo o función y siempre que no sea superior a $250,00 (Pesos DOSCIENTOS CINCUENTA), ni inferior a $125,00 (Pesos CIENTO VEINTICINCO).
Date
2008-09-02xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Superior
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Consejo Superior
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422