OHCD-2021-01-E-UNC-DEC#FP
Abstract
Autorizar que el desarrollo y procedimiento de selección para efectuar designaciones de docentes interinos e interinos suplentes reglamentado por la OHCD 1/99 FFyH, adoptada como propia por esta Facultad, podrán realizarse de manera virtual en el contexto del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, según las especificaciones de la presente Ordenanza. Establecer que el presente procedimiento es de carácter transitorio en el marco de la pandemia COVID- 9 y las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, el cual tendrá vigencia a partir del día de la fecha y mientras se prorrogue la situación de emergencia sanitaria. Establecer que los expedientes para las selecciones de designaciones interinas e interinas suplentes se realizarán en el módulo de expediente electrónico del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). Los/as postulantes deberán inscribirse de manera virtual enviando sus antecedentes con carácter de Declaración Jurada al correo electrónico de Selecciones, creado para tal fin, en las fechas y hora establecida para la inscripción. Los/as postulantes al momento de inscribirse deberán hacerlo desde una cuenta de correo electrónico bajo la identificación UNC “IdUNC”. En caso de no ser miembros de la comunidad universitaria deberán constituir un domicilio electrónico, el que será considerado por esta Facultad como domicilio válido a los fines de todas las notificaciones relativas al proceso establecido en la presente Ordenanza. Disponer que desde Mesa de Entradas se comunicará al/a la postulante la recepción y validación de su inscripción, vía correo electrónico. Finalizado el cierre, Mesa de Entradas procederá a labrar el acta con los/as postulantes inscriptos/as la que será publicada en el sitio web de la Facultad, remitida al Departamento de Concursos y Selecciones Docentes junto con los archivos digitales correspondientes a cada uno de los/as postulantes, los que serán incorporados al expediente digital. Los/as postulantes al momento de inscribirse deberán presentar en formato PDF: la solicitud de inscripción, currículo organizado según lo establecido por RD 1542/10 y la correspondiente propuesta de trabajo de acuerdo a la jerarquía del cargo. Todos estos documentos tendrán el carácter de Declaración Jurada, el/la postulante asumirá la responsabilidad legal y administrativa respecto de la veracidad de la información y la autenticidad de los documentos originales. En caso de constatarse omisiones o falsedades la Facultad se reserva la potestad de dejar sin efecto la inscripción, haciendo pasible al/ a la postulante de las acciones disciplinarias que pudieren corresponder, en el marco del Reglamento de Investigaciones Administrativas vigente. Se adjuntan a la presente la solicitud de inscripción y los ítems establecidos para confeccionar el currículo, según Anexo que con cuatro (4) fojas forma parte de esta Ordenanza. La Comisión Evaluadora recibirá los currículos y las propuestas de trabajo correspondientes a cada postulante vía correo electrónico para realizar su evaluación y mediante conferencia Google Meet realizará las entrevistas a los postulantes. Toda instancia de evaluación que se encontrara mediada por una videoconferencia deberá ser grabada y conservada hasta que se produzca la corresponde designación por parte del H. Consejo Directivo. Asimismo las deliberaciones o reuniones complementarias de la Comisión Evaluadora deberán llevarse a cabo de manera virtual. Todas las reuniones o instancias virtuales deben llevarse a cabo mediante videoconferencia por medio de la plataforma que la Facultad comunicará a las partes intervinientes, las cuales serán asistidas en el caso de ser necesarias por el Departamento de Informática de la Facultad. Al momento de incorporarse los/as postulantes a la videoconferencia y previo a cualquier instancia, deberán acreditar su identidad presentando frente a la cámara su Documento Nacional de Identidad y la Comisión Evaluadora deberá realizar una captura de pantalla, la que luego se incorporará a las actuaciones. En el supuesto caso que uno/a o más postulantes presenten dificultades para acceder o permanecer en la videoconferencia, podrá la Comisión Evaluadora con acuerdo de todos/as los/as interesados/as, pasar a cuarto intermedio a efectos que se reestablezca la conectividad. Todo ello constará en el acta de evaluación. En caso que algún/a postulante, previo a la entrevista, no cuente con conexión a internet o el equipamiento informático que le permita desarrollar la entrevista personal, podrá requerir a la Facultad provea un espacio en el ámbito de la misma para que pueda participar en dicha instancia. Para ello se tomarán los recaudos sanitarios correspondientes dispuestos según la respectiva autorización del COE de la Facultad de Psicología. La Comisión Evaluadora emitirá dictamen de manera conjunta o por separado (según corresponda), con firma digitalizada o con firma ológrafa escaneada de sus integrantes. El dictamen deberá ser remitido al Departamento Concursos y Selecciones Docentes a la cuenta concursos@psicología.unc.edu.ar o la que se establezca, a fin de ser notificado a los/as postulantes y luego se elevarán todas las actuaciones al H. Consejo Directivo.
Date
2021-04-05xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Ordenanza
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Psicología
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
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