AJE-2025-2-UNC-JE#FP
Abstract
ACTA Nº 2: Recomendación de no adhesión al voto a distancia mediado por tecnología.
Mantener la modalidad de voto a distancia por correo postal para el claustro de personas
egresadas
En la ciudad de Córdoba, a los diecisiete días del mes de marzo de 2025, siendo las 13:00 horas, se constituye la
Junta Electoral de la Facultad de Psicología, a los efectos de analizar la RHCS-2025-148-E-UNC-REC por la cual se
aprueba la reglamentación para la modalidad de votación a distancia mediada por tecnología para el claustro de
personas egresadas, en un todo de acuerdo con el procedimiento establecido en el Anexo Único que forma parte
integrante de la misma. Que teniendo en cuenta que ya se encuentra en curso el cronograma para los comicios a
celebrarse los días 14 y 15 de mayo de 2025, en la misma Resolución se dispone la posibilidad de cada Unidad
Académica de adherir o no, a la nueva modalidad.
Que desde el año 2021, y a los fines de garantizar el derecho al voto a las personas egresadas que decidieran
ejercerlo, se desarrolla en la Universidad Nacional de Córdoba el voto por correo postal, para egresados/as que
residan fuera de ejido urbano de la ciudad de Córdoba;
Que dicha posibilidad ya quedó recogida en el art. 70 del Reglamento Electoral, que establece que las elecciones
presenciales de personas egresadas se complementarán con elecciones no presenciales (voto por correo postal u
otra modalidad), de acuerdo con la reglamentación que establezca el Consejo Superior;
Que, si bien dicha modalidad sigue estando vigente para su utilización con algunas modificaciones; también se pone
a disposición otra modalidad de sufragio a distancia para el claustro de personas egresadas, como es el voto a
distancia mediado por la tecnología;
En su momento, para poner en funcionamiento el voto por correo postal fue necesario llevar adelante un
procedimiento que generó numerosos inconvenientes, como todo nuevo proceso que se implementa, y tanto las
personas egresadas como la Junta Electoral y el personal de apoyo operativo a los comicios debieron adecuarse al
mismo. A la fecha, esa modalidad de voto por correo postal se encuentra suficientemente ajustada, pero desarrollar
toda una nueva modalidad del mecanismo de voto mediado por la tecnología para las presentes elecciones puede
resultar en nuevas dificultades que afecten el adecuado desarrollo de la voluntad electoral de este claustro.
Es de resaltar que el claustro de personas egresadas está conformado por quienes obtuvieron el título de grado
desde los inicios de la actividad académica de Psicología, hasta quienes están habilitados a votar por haber
terminado todo su cursado y realizado los trámites correspondientes de egreso a marzo de 2025. Por lo cual, hay
diferentes rangos etarios que manejan, con más o menos dificultad, los sistemas tecnológicos. Que para las últimas
elecciones, numerosas personas egresadas de larga data solicitaron su incorporación al padrón de su claustro,
manifestando su voluntad de participar. Que el procedimiento para la utilización del mecanismo de voto mediado por
la tecnología está comentado en el Anexo de la RHCS-2025-148-E-UNC-REC, pero aún no ha sido comunicado ni
explicado en la práctica. Si bien la misma normativa prevé que a los fines de su instrumentación, la Prosecretaría de
Informática elaborará el manual de procedimiento correspondiente y llevará adelante la capacitación necesaria para
aquellas juntas electorales que así lo demanden, a la fecha aún no se ha tenido acceso a dichas herramientas, lo
que puede afectar el adecuado desarrollo de la votación y escrutinio de ese conjunto de personas electoras, que
opten por dicha modalidad.
El proceso detallado en el Anexo mencionado dispone diversas acciones tanto para las personas egresadas como
para las respectivas Juntas Electorales.
Que, si bien la nueva modalidad propuesta para el claustro de personas egresadas, como es el voto a distancia
mediado por la tecnología puede ser una opción a implementar, por la experiencia en comicios anteriores y el tiempo
normalmente necesario para adecuar nuevos sistemas a quienes participen en un proceso electoral, se considera
conveniente mantener la modalidad de voto a distancia por correo postal, que sigue estando vigente para su
utilización, para los presentes comicios 2025, a fin de analizar, dar adecuada publicidad y recibir la necesaria
capacitación sobre el nuevo procedimiento propuesto, para una futura elección.
Por lo que la JUNTA ELECTORAL DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA RESUELVE:
1. Recomendar la no adhesión para los presentes comicios 2025 de la modalidad del voto a distancia mediado
por la tecnología, para el claustro de personas egresadas, manteniendo la modalidad de voto a distancia por
correo postal.
2. Indicar a Decanato que, en caso de considerar adecuada la presente recomendación, debería proceder a
emitir una Resolución Decanal ad referéndum del H. Consejo Directivo de no adherir a la modalidad de voto
a distancia mediado por tecnología para las personas egresadas que opten por sufragar por voto distancia,
reglamentado por RHCS-2025-148-E-UNC-REC. Esto, atento que la próxima sesión prevista del HCD será
recién el día 31/03/2025 y por cronograma electoral debe contarse con la definición del tema con
anterioridad.
Date
2025-03-19Fecha Publicación
2025-03-20xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Acta
Junta Electoral
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