RHCD-2025-245-UNC-DEC#FP
Abstract
Establecer que aquellas cátedras de la Facultad de Psicología que hayan indicado en su programa
más de una modalidad de examen deberán informar, para cada final, con una antelación mínima de 48 hs., la
modalidad del mismo, a través de los canales institucionales. En el caso de que no haya certeza sobre la modalidad
a utilizar, 48 hs. antes deberán especificar los criterios con los que se tomará la decisión sobre la modalidad a usar
el día del examen.
ARTÍCULO 2°: Indicar a la Secretaría Académica que en los programas presentados se indique y especifique la
modalidad de evaluación solamente.
ARTÍCULO 3°: Encomendar a la Secretaría Académica la difusión y supervisión del cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4°: Efectivizar estas medidas a partir de la próxima mesa de examen.
Date
2025-10-29Fecha Publicación
2025-10-29xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
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Facultad de Psicología
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245
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RHCD-2025-245-UNC-DEC#FP
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EX-2025-00608483- -UNC-ME#FP
