RHCD-2025-566-UNC-DEC#FD
Abstract
Artículo 1.- Aprobar las siguientes resoluciones decanales dictadas ad referendum de este
Cuerpo, las que forman parte de la presente como archivo embebido:
RD-2025-1324-E-UNC-DEC#FD: 1) Conceder, por vía de excepción, al alumno
AUGUSTO MAXIMILIANO GOMEZ JUNCOS, DNI Nº33.750.200, la prórroga
solicitada para la presentación del certificado analítico de finalización de los estudios
secundarios de nivel medio, hasta el 31 de marzo del año 2026, la cual deberá ser
notificada al Departamento Despacho de Alumnos y convalidar provisoriamente la
actuación académica cumplida hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del plazo referido el
estudiante deberá presentar ante el Departamento Despacho de Alumnos de esta Unidad
Académica el certificado analítico original, legalizado por la UNC, copia del mismo y
Libreta de Estudiante respectiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema Guaraní, no
pudiendo realizar ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación obtenida
hasta esa fecha. Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la
solicitud y documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso
de documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de
requisitos reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por la Ord.
HCS n.° 9/2012.
RD-2025-1363-E-UNC-DEC#FD: 1) Conceder, por vía de excepción, a la alumna
AGUSTINA GABRIELA HOYOS, DNI Nº 44.125.723, la prórroga solicitada para la
presentación del certificado analítico de finalización de los estudios secundarios de nivel
medio, hasta el 31 de marzo del año 2026, la cual deberá ser notificada al Departamento
Despacho de Alumnos y convalidar provisoriamente la actuación académica cumplida
hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del plazo referido la estudiante deberá presentar
ante el Departamento Despacho de Alumnos de esta Unidad Académica el certificado
analítico original, legalizado por la UNC, copia del mismo y Libreta de Estudiante
respectiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema Guaraní, no pudiendo realizar
ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación obtenida hasta esa fecha.
Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la solicitud y
documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso de
documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de requisitos
reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por la Ord. HCS n.°
9/2012.
RD-2025-1364-E-UNC-DEC#FD: 1) Conceder, por vía de excepción, al alumno LA
BRUNA LUCA SANTINO, DNI Nº 47.317.954, la prórroga solicitada para la
presentación del certificado analítico de finalización de los estudios secundarios de nivel
medio, hasta el 31 de marzo del año 2026, la cual deberá ser notificada al Departamento
Despacho de Alumnos y convalidar provisoriamente la actuación académica cumplida
hasta la fecha. 2) Disponer que dentro del plazo referido el estudiante deberá presentar
ante el Departamento Despacho de Alumnos de esta Unidad Académica el certificado
analítico original, legalizado por la UNC, copia del mismo y Libreta de Estudiante
respectiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema Guaraní, no pudiendo realizar
ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación obtenida hasta esa fecha.
Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la solicitud y
documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso de
documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de requisitos
reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por la Ord. HCS n.°
9/2012.
Date
2025-11-25Fecha Publicación
2025-11-27xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Derecho
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
566
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numesp
RHCD-2025-566-UNC-DEC#FD
