Resolución Rectoral 1270/1995
Abstract
El personal docente y no docente deberá comunicar a la o a las dependencias en que preste servicios toda licencia otorgada por afecciones de largo tratamiento, acompañando la constancia emitida por la Dirección Nacional de Reconocimientos Médicos, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de haberle sido extendida la misma.-
Date
1995-11-30Fecha Publicación
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Resolución
Rectorado
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1270
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1270/1995
