RDIR-2025-872-UNC-DIR#ESCMB
Abstract
ARTÍCULO 1º: Encuadrar la presentación efectuada por el agente Lucas Victorio
Giannoboli Malcolm mediante Nota NO-2025-01091781-UNC-MP#ESCMB como una
SOLICITUD DE RECUSACIÓN, en aplicación del principio de informalismo a favor del
administrado (Art. 1, inc. c, Ley 19.549), desestimando la calificación de "Recurso
Jerárquico" otorgada por el presentante.
ARTÍCULO 2º: RECHAZAR IN LIMINE por EXTEMPORÁNEA la recusación
formulada contra el integrante del jurado Sr. Leandro Calderón, en virtud de que el
plazo para la inscripción de aspirantes —y la consecuente oportunidad procesal para
recusar establecida en el Art. 20 de la Ordenanza H.C.S. N.º 7/2012— se encuentra
fijado entre el 18 y el 25 de febrero de 2026, según lo dispuesto por el Artículo 5° de la
Resolución RDIR-2025-838-E-UNC-DIR#ESCMB.
ARTÍCULO 3º: Hacer saber al agente que podrá ejercer su derecho de recusación en la
oportunidad y formas previstas por la normativa concursal vigente, una vez abierta la
instancia de inscripción.
ARTÍCULO 4º: Notifíquese, comuníquese y archívese.
Date
2025-12-29Fecha Publicación
2025-12-30xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Director
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Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano
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872
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RDIR-2025-872-UNC-DIR#ESCMB
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EX-2024-615926-UNC-ME#ESCMB.
