RHCD-2026-67-UNC-DEC#FD
Abstract
Artículo 1.- Aprobar la Resolución Decanal RD-2026-223-E-UNC-DEC#FD, dictada ad
referéndum de este Cuerpo, la que forma parte de la presente como archivo embebido y, en
consecuencia, disponer: Art. 1º: Conceder, por vía de excepción, al alumno LAUTARO
NAHUEL SUAREZ, DNI Nº 44.693.924, la prórroga solicitada para la presentación del
certificado analítico de finalización de los estudios secundarios de nivel medio, hasta el 31 de
agosto del año 2026, la cual deberá ser notificada al Departamento Despacho de Alumnos y
convalidar provisoriamente la actuación académica cumplida hasta la fecha. Art. 2º: Disponer
que dentro del plazo referido el estudiante deberá presentar ante el Departamento Despacho de
Alumnos de esta Unidad Académica el certificado analítico original, legalizado por la UNC,
copia del mismo y Libreta de Estudiante respectiva, bajo apercibimiento de bloquear el sistema
Guaraní, no pudiendo realizar ningún trámite a través del mismo, e inhabilitar la actuación
obtenida hasta esa fecha. Asimismo, en caso de falsa inserción de datos o manifestaciones en la
solicitud y documentación digital acompañada, como así también de falsificación y/o uso de
documentos y/o soportes digitales falsificados para acreditar el cumplimiento de requisitos
reglamentarios, será de aplicación el régimen disciplinario estatuido por la Ord. HCS n.° 9/2012.
Date
2026-04-10Fecha Publicación
2026-04-17xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Derecho
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
67
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numesp
RHCD-2026-67-UNC-DEC#FD
