RHCD-2026-33-UNC-DEC#FP
Abstract
Reconocer la vigencia del Programa extensionista “Ser estudiante
universitario: propuestas de articulación entre el secundario y la universidad”, la
del Servicio de asistencia técnica “Introducción a la vida universitaria: la
educación superior como derecho humano universal”, que integra el Programa
mencionado desde su vencimiento el 2/5/2025, y la del Servicio de asistencia técnica
“Ingreso universitario: lectura y escritura como puente entre el cole y la
Universidad”, que integra el mencionado Programa desde su vencimiento el 16/05/25,
ambos Servicios hasta la fecha de firma de esta resolución.
ARTÍCULO 2°: Aprobar la renovación del Programa extensionista “Ser
estudiante universitario: propuestas de articulación entre el
secundario y la universidad” cuyo responsable técnico-administrativo es el Dr.
Germán Leandro Pereno -DNI 24.158.067-, de acuerdo a la propuesta que se detalla en
el Anexo I que integra la presente resolución en IF-2026-255154-UNC-SHCD#FP
como archivo embebido, con 13 fs.
ARTÍCULO 3°: Renovar, en el marco del Programa citado en el artículo 2º, el Servicio
de asistencia técnica “Introducción a la Vida Universitaria: la educación
superior como derecho humano universal”, dirigido por el Prof. Pablo Diego
Marchetti -DNI 23.823.339-, según la propuesta que se detalla en el Anexo II de la
presente resolución en IF-2026-257875-UNC-SHCD#FP como archivo embebido,
con11 fs.
ARTÍCULO 4°: Renovar, en el marco del Programa citado en el artículo 2º, el Servicio
de asistencia técnica “Ingreso universitario: lectura y escritura como
puente entre el cole y la Universidad”, dirigido por la Prof. Luciana Ayelén
Juaneu -DNI 25.115.782-, según la propuesta que se detalla en el Anexo III de la
presente resolución en IF-2026-257982-UNC-SHCD#FP como archivo embebido,
con12 fs.
ARTÍCULO 5°: Reconocer como equipos de trabajo del Programa extensionista y
de los Servicios de asistencia técnica citados anteriormente a las personas que se
detallan en el ANEXO IV de la presente resolución en IF-2026-258129-UNC-
SHCD#FP, como archivo embebido con 2 fs.
ARTÍCULO 6°: La participación como miembro del Programa extensionista y de los
Servicios de asistencia técnica mencionados en los artículos anteriores no constituirán
antecedente académico alguno si no fuera acompañada de la certificación de
desempeño correspondiente.
Date
2026-05-04Fecha Publicación
2026-05-04xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Consejo Directivo
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-repartition
Facultad de Psicología
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
33
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numesp
RHCD-2026-33-UNC-DEC#FP
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-numexp
EX-2020-295380-UNC-VDE#FP
