RES.DEC. 2063/10
Abstract
Art.1°: El alumno que hubiere aprobado una materia u obtenido la condición de promocional o regular, no podrá renunciar a tales condiciones por ninguna causa, debiendo, en su caso, aguardar hasta el vencimiento de la misma que operará por el transcurso del plazo dispuesto por la normativa vigente.
Date
2010-12-30xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-type
Resolución
Decanato
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Facultad de Derecho
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-num
2063